lunes, 23 de julio de 2012

La dura batalla contra el monotributo


La naturaleza o perfil de un oficio o profesión define –“a priori”- el grado de conocimiento del valor que representan los derechos que protegen esa actividad. Dicho en un modo más lato, mientras más calificado sea el trabajador, mayor es el nivel del conocimiento de sus derechos y el ejercicio de su irrestricta defensa. Así es como se supone debiera ser.
Sin embargo, es infrecuente ver masivas manifestaciones de trabajadores calificados, reclamando por el avasallamiento de sus derechos laborales. Así como no se ve hacia “afuera”, tampoco hacia adentro de su propia actividad. Estas conductas tipifican –en un alto porcentaje- a los trabajadores de prensa, debilidad manifiesta que es aprovechada por las patronales en su insaciable apetito por apropiarse de todo, hasta de los derechos protectorios de los trabajadores incluidos, de los que ellos –los empresarios- son, también, signatarios.
Pero es el caso que lo más preocupante que este avance arrollador se produce en el segmento de los trabajadores “formales”, que aceptan la “informalidad”, “marginalidad”, la ocupación “en negro”, el “facturero monotributista” y todas las variantes imaginables de vínculos laborales, contrarios a los principios fundamentales del Derecho del Trabajo –“Iguales condiciones de trabajo e igual salario por igual tarea”, por ejemplo-, la legislación laboral general, y, en modo particular, el Estatuto del Periodista Profesional, el del Empleado Administrativo de Empresas Periodísticas y los respectivos C.C.T.
Esta doble conducta –contradictoria a toda vista- pone en peligro el plexo normativo que protege al conjunto de los trabajadores. No es el riesgo de una decisión personal que allí comienza y allí termina. Cuando se da ese paso –el de flexibilizarse en un lugar de trabajo, pero manteniendo su condición de trabajador bajo convenio en otro-, se debilita la protección legal que alcanza a todos sus pares.
En las actuales condiciones de un Estado ausente –el poder de policía del trabajo no es ejercido en el modo que debiera, por ejemplo-, el que debiera ser el principal bastión de respeto a las normas por parte de las empresas, se desploma estrepitosamente. Las patronales tienen allanado el camino y por eso –al menos hoy- no les preocupa ni les interesa –al menos en apariencia- si se modifica o no la letra de los C.C.T. A ellos les basta con modificar a su arbitrio su espíritu y seducir con su discurso la voluntad del trabajador.
¿Nunca nos preguntamos –en nuestra condición de trabajadores- porqué fueron creados los Convenios Colectivos de Trabajo? ¿Porqué el universo de los trabajadores se decidió a darles vida y conservarlos con el paso de los años? Dicho de otro modo –o para expresarlo con más propiedad-, ¿alguien puede discutir –sensatamente- que la organización colectiva está superada y que los acuerdos personales pueden ser mejores que los contenidos en los C.C.T. vigentes? Desde aquellas organizaciones sindicales que siempre fueron consecuentes con sus representados, nunca hubo dudas al respecto: no hay mejor defensa de los derechos de los trabajadores que no sea por medio de una acción colectiva.
El primer indicio cierto de vulnerabilidad que se observa de un trabajador ante su patrón es cuando decide tomar como atajo su inscripción como “monotributista” y no seguir reconociéndose como lo que es: un trabajador. No se conoce –y seguramente no existe- de algún acuerdo “individual” o de partes -empleador-dependiente, sin participación de un tercero: el sindicato- que sea superador de las claúsulas convencionales y económicas de un C.C.T. Y sino, basta comprobar lo que refleja el artículo titulado “Contrato leonino”.
Cuando un trabajador opta por esta “solución”, cede, pierde, le arrebatan –como más y mejor se prefiera definir- aquel principio al que hice referencia en párrafos precedentes: “…Iguales condiciones de trabajo e igual salario por igual tarea”. La comprobación de esta rotunda afirmación es sencilla: se trata solamente de comparar, parangonar, confrontar, etc., las cualidades de este principio del Derecho que se encuentren contenidas en nuestros C.C.T. y las que resultan del acuerdo que excluye la tutela legal de los trabajadores bajo convenio.
Hoy el virus del “monotributo” se desparramó por doquier. Los “acuerdos” por fuera de convenio erosionaron –y siguen haciéndolo, peligrosamente- la monolítica fortaleza que otrora mostraba la negociación paritaria y de nuevas y mejores condiciones de trabajo -por ejemplo las 6 horas de jornada laboral o el 5x2 o el porcentaje de antigüedad o el aguinaldo o el pago de vacaciones, etc.- que la organización sindical conquistó para beneficio de sus representados. Su erradicación es nuestro deber –entendiéndose el de todos, dirigentes y representados- y así se podrá recuperar buena parte de la dignidad perdida.

Ángel César Ludueña – Sec. Gral. CISPREN Seccional Río Cuarto

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